Documento de control digital (DeCA): qué cambia y qué documentos siguen en papel

Documento de control digital (DeCA): qué cambia y qué documentos siguen en papel

Desde el 5 de octubre de 2026, el documento de control que acompaña a cada transporte público de mercancías por carretera dentro de España tiene que ser electrónico. Es lo que se conoce como DeCA (Documento electrónico de Control Administrativo).

Estos días circulan muchos mensajes del tipo "el papel se acaba" o "el CMR en papel ya no vale". No es así. Lo que cambia es un documento concreto, con una función concreta. El CMR internacional, la carta de porte como contrato y los albaranes siguen existiendo y se pueden seguir usando en papel.

En este artículo te explicamos, con la normativa en la mano, qué ha cambiado exactamente, a quién afecta y qué documentación de papel sigue siendo necesaria en tu camión.

Qué es el DeCA y de dónde sale

El documento de control no es nuevo. Existe desde 2013 y está regulado por la Orden FOM/2861/2012: es el justificante administrativo que debe acompañar a cada envío en el transporte público de mercancías por carretera. Hasta ahora podía hacerse en papel, y muchas empresas usaban su propia carta de porte como documento de control, siempre que recogiera todos los datos exigidos.

Lo nuevo es el formato. La Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible estableció que, diez meses después de su entrada en vigor, el documento de control tendría que ser necesariamente digital. Ese plazo terminó el 5 de octubre de 2026. Los requisitos técnicos se fijaron en una Resolución de la Dirección General de Transporte por Carretera de 5 de junio de 2026.

El Ministerio ha dejado claro que no habrá una fase adicional sin sanciones: desde el 5 de octubre, el documento de control en papel ya no sirve ante la inspección.

A quién afecta y a quién no

El DeCA es obligatorio en el transporte público de mercancías interior: el que tiene origen y destino en España, incluido el cabotaje que hacen empresas extranjeras dentro del país. Da igual que seas autónomo o una gran empresa; lo que cuenta es el tipo de transporte.

No tienes que hacer DeCA en estos casos:

  • Transporte internacional. Se siguen usando los documentos de los convenios internacionales, es decir, el CMR.
  • Transporte privado complementario. Si tu empresa transporta su propia mercancía como complemento de su actividad principal, no necesitas DeCA. Eso sí, debes llevar documentación que acredite que la mercancía, el vehículo y el conductor pertenecen a la empresa.
  • Exenciones de la Orden FOM/2861/2012. Quedan fuera los transportes que no necesitan autorización de transporte, las mudanzas, el traslado de vehículos accidentados o averiados en vehículos especiales, y la paquetería de pocos bultos que una persona puede manipular sola.

¿Quién tiene que hacerlo? La ley obliga a dos partes: el cargador contractual (quien contrata directamente al transportista, sea el dueño de la mercancía, una agencia u otro transportista que subcontrata) y el transportista efectivo (quien hace el transporte con su autorización). Ambos responden si el documento no se emite o no va a bordo. El cargador solo queda libre si demuestra que lo emitió.

En la práctica, a veces será el cargador quien te envíe el DeCA por WhatsApp o correo. Si no lo hace, te conviene generarlo tú: la multa también es para ti.

Cómo tiene que ser el documento de control electrónico

No vale cualquier PDF. Estos son los requisitos principales:

  • Nativo digital. Se genera directamente en una aplicación. Escanear o fotografiar un documento de papel no sirve.
  • Creado antes de salir. El documento debe existir antes de que empiece el transporte.
  • Con código QR y enlace propio. Cada DeCA tiene una dirección web única desde la que se puede descargar sin contraseña. El QR lleva a esa dirección.
  • Accesible en el control. El conductor puede mostrar el PDF en el móvil o, simplemente, el código QR. También puede llevar una copia impresa, siempre que incluya el QR.
  • Conservado un año. Tanto el cargador como el transportista deben poder recuperarlo durante al menos un año.
  • Firma opcional. No es obligatorio firmarlo. Si se firma, la firma debe ser electrónica avanzada, que no exige certificado digital: valen métodos como un código de un solo uso (OTP) o la firma en pantalla.

El Ministerio no ofrece una aplicación oficial ni hay que subir los documentos a ninguna plataforma pública. Cada empresa necesita su propia herramienta o contratar un proveedor. Hay opciones desde unos pocos euros al mes, e incluso gratuitas para volúmenes pequeños, así que compara antes de contratar.

Si durante el viaje cambia algún dato, se puede modificar el mismo PDF indicando el motivo y dejando visibles los datos anteriores, o generar uno nuevo y conservar el original.

Qué datos lleva y quién responde de cada uno

Los datos mínimos son los mismos que en el documento de control en papel. Lo que conviene tener claro es quién responde de cada uno:

Dato obligatorioResponsable
Nombre o razón social, NIF y domicilio del cargador contractualCargador contractual
Nombre o razón social y NIF del transportista efectivoCargador contractual
Lugar de origen y destinoCargador contractual
Naturaleza y peso de la mercancíaCargador contractual
Fecha del transporteTransportista efectivo
Matrícula del vehículo (tractora y remolque en conjuntos articulados)Transportista efectivo
Autorización especial de circulación, si el vehículo la necesitaTransportista efectivo
Observaciones o reservas, si alguna parte lo pideQuien las incluya

Se pueden agrupar varios envíos en un mismo DeCA, por ejemplo varias cargas o descargas, siempre que el cargador contractual y el transportista efectivo sean los mismos y cada envío quede bien identificado.

Sanciones: de 401 a 600 euros por envío

A efectos de la inspección, llevar el documento de control solo en papel equivale a no llevarlo. No formalizarlo, no llevarlo a bordo, rellenarlo con datos incorrectos o incompletos, o no conservarlo puede constituir una infracción grave de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT), con multas de 401 a 600 euros.

La sanción se aplica por envío, y en una misma inspección pueden detectarse varias infracciones. Además, puede acarrear la inmovilización del vehículo.

Qué documentos siguen en papel

El DeCA cambia un documento concreto, no toda la documentación del transporte. Esto es lo que sigue igual.

El CMR en el transporte internacional

El Ministerio lo ha confirmado expresamente: desde el 5 de octubre no es obligatorio el CMR electrónico (eCMR). En el transporte internacional se siguen usando los documentos de los convenios firmados por España, y el CMR en papel sigue siendo plenamente válido. Si haces rutas internacionales, tus talonarios CMR siguen siendo imprescindibles.

La carta de porte como contrato

La carta de porte tiene dos funciones distintas, y conviene no confundirlas:

  • Como documento de control administrativo, ya no puede ser de papel. Antes muchas empresas la usaban para cumplir esa función; ahora necesitan además el DeCA, o bien una carta de porte digital que reúna todos los datos del documento de control.
  • Como contrato de transporte, sigue regulada por la Ley 15/2009. En el transporte público interior, cuando el precio supera los 150 euros, debe formalizarse una carta de porte por cada envío. Se emite en tres ejemplares firmados por cargador y porteador, y la firma puede hacerse con un sello. Solo se emite en formato electrónico si las dos partes están de acuerdo.

En resumen: puedes seguir usando la carta de porte en papel como contrato y como prueba de la entrega firmada por el destinatario, pero no como documento de control.

Albaranes, sellos y el resto de la documentación

Los albaranes, las facturas, los sellos para casillas o la documentación del transporte privado complementario no cambian con el DeCA. Tampoco el resto de la documentación que ya llevabas en cabina, que repasamos en nuestra guía de documentación obligatoria a bordo del camión.

Preguntas frecuentes

¿Mi CMR en papel sigue siendo válido?

Sí. El eCMR no es obligatorio. En el transporte internacional, el CMR en papel sigue siendo válido.

¿Puedo escanear mi documento de control en papel?

No. El DeCA debe generarse directamente en formato digital. Un documento escaneado o fotografiado no cumple los requisitos.

¿Tengo que firmar el DeCA?

No es obligatorio. Si decides firmarlo, la firma debe ser electrónica avanzada.

¿Puedo llevar el DeCA impreso?

Sí, siempre que la copia impresa incluya el código QR que enlaza con el documento digital. El original tiene que existir en formato electrónico.

¿Tengo que subir los DeCA a una web del Ministerio?

No. Los documentos se guardan en la aplicación o el proveedor que uses, y deben estar disponibles para su descarga durante al menos un año.

Si transporto mercancía de mi propia empresa, ¿necesito DeCA?

No. El transporte privado complementario no está obligado, aunque debes llevar documentación que acredite que la mercancía, el vehículo y el conductor son de la empresa.

¿Y si llevo mercancías peligrosas?

Necesitas el documento de transporte ADR y, además, el DeCA. Pueden ir en documentos separados o en uno solo, siempre que sea electrónico y recoja todos los datos del documento de control.

En resumen

Desde el 5 de octubre, el documento de control del transporte público interior es obligatoriamente electrónico, sin periodo de gracia. Pero el CMR internacional, la carta de porte como contrato y el resto de tu documentación siguen funcionando como hasta ahora.

En Documentos Transporte seguimos imprimiendo los documentos que necesitas en cabina: talonarios CMR, cartas de porte y sellos, anónimos o personalizados con los datos de tu empresa. Si tienes dudas sobre qué documentación te corresponde, escríbenos a info@documentostransporte.com o llámanos al 968 64 19 48.

Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento jurídico. Para casos concretos, consulta la normativa vigente o a tu asociación de transportistas.

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