Nueva Normativa ROTT 2019 - Cambios en el contenido de la Carta de Porte
El pasado mes de febrero entraba en vigor el nuevo Reglamento de Ordenación del Transporte Terrestre (ROTT) (Real Decreto 70/2019) que introducía una serie de cambios en el reglamento, entre ellos algunos relativos al contenido de la Carta de Porte o Documento de Control.
A continuación os citamos los datos que, obligatoriamente, deberá contener la Carta de Porte:
- Nombre o razón social, NIF y domicilio del cargador.
- Nombre o razón social y NIF del transportista efectivo.
- Lugar de origen y lugar de destino del envío.
- Naturaleza y peso de la carga transportada. En los supuestos en los que resulte difícil determinar el peso exacto de la mercancía, se buscará otro tipo de magnitud para determinar su peso.
- Identificación de la autorización especial de circulación expedida por el órgano competente en materia de tráfico, circulación y seguridad vial, cuando el vehículo haya de circular amparado por una de estas autoridades.
- Fecha de realización del transporte del envío.
- Matrícula del vehículo utilizado para el transporte. Cuando se trate de un conjunto articulado, deberá señalarse tanto la matrícula del vehículo tractor como la del semirremolque o remolque arrastrado.
Si una vez iniciado el transporte se produce un cambio de vehículo, se deberá hacer constar en la documentación de control por parte de la empresa de transportes.
-Observaciones, reservas u otras indicaciones que se consideren útiles, siempre que lo solicite alguno de los sujetos que intervienen en el servicio.
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